Dicen, y perdón por la sensiblería, que hasta que uno no ha querido a un animal, una parte del corazón sigue dormida. Y dicen bien. Quienes hayan tenido mascotas en su vida estarán de acuerdo. Estas mismas personas hoy celebrarán que el Congreso de los Diputados haya dado por fin el paso definitivo para que los animales de compañía dejen de ser “cosas” y pasen a ser considerados como “seres vivos dotados de sensibilidad”, un cambio esencial en su régimen jurídico que permitirá, entre otras cosas, que no puedan ser embargados o que, en casos de separación o divorcio, la custodia del animal pueda ser repartida en base a su bienestar. Más vale tarde que nunca.
Fotograma de la película “Una rubia muy legal” (2001) Fotograma de la película “Una rubia muy legal” (2001)
La modificación del estado jurídico de las mascotas es una antigua reivindicación de las organizaciones animalistas. En febrero de este año, el Observatorio Justicia y Defensa Animal consiguió presentar en la Cámara Baja una Iniciativa Legislativa Popular avalada por más de 3000.000 firmas recogidas en Change.org. Ciudadanos la elevó al Pleno de la Cámara en una Proposición No de Ley que consiguió el respaldo de todos los grupos y que instaba al Gobierno a poner en marcha los cambios legales necesarios. Ahora, una Proposición de Ley presentada por el Partido Popular quiere modificar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil para hacerlo posible. El Pleno del Congreso debate la propuesta esta tarde, que previsiblemente saldrá adelante con el apoyo del resto de los grupos. La medida supone un avance para los derechos de los animales domésticos en nuestro país. El texto de la Proposición publicado en el Boletín de las Cortes Generales propone, por ejemplo, modificar el artículo 605 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que los animales de compañía no puedan ser “en absoluto embargables”, o el artículo 111 de la Ley Hipotecaria para impedir que se pueda extender una hipoteca a los animales de compañía o a los de una finca ganadera, industrial o de recreo.
Fotograma de la película “Muévete, esto es Nueva York” (2004) Fotograma de la película “Muévete, esto es Nueva York” (2004)
Sin embargo, los cambios más notables se realizarán en el Código Civil. El título del libro segundo, llamado “De los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones”, pasará a llamarse “De los animales, de los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones”, y su primer artículo, el 333, incluye un nuevo apartado en el que se reconoce a los animales como “seres vivos dotados de sensibilidad”. Este punto no estaba previsto en la Proposición de Ciudadanos, pero fue finalmente incluido. El portavoz del PP en el Congreso, Rafael Hernando, ha explicado que los animales deben contar con derechos, lo que “también implica obligaciones para los tenedores de animales”. Lógico. En este sentido, la modificación del Código Civil propuesta por los Populares incluye además que “el propietario de un animal pueda disfrutar y disponer de él respetando su cualidad de ser dotado de sensibilidad, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie”. También que “el derecho de uso no ampara el maltrato”, así como que “el derecho de disponer del animal no incluye el de abandonarlo o sacrificarlo salvo en los casos establecidos en las normas legales o reglamentarias”, apunta el texto. El ya citado artículo 333 contempla también una indemnización “por el sufrimiento moral” para los propietarios de animales que mueran o acaben padeciendo una lesión grave a causa de un tercero.
Fotograma de la película “Beethoven: Uno más de la familia” (1992) Fotograma de la película “Beethoven: Uno más de la familia” (1992)
La Proposición de Ley presentada por la derecha pretende regular además qué pasa con las mascotas tras una ruptura matrimonial, algo que no estaba contemplado en la ley hasta ahora. Según el escrito de reforma, el destino de los animales envueltos en un proceso de separación, divorcio o nulidad matrimonial pasará a formar parte del convenio regulador, “teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal”. Incluso se puede prever el reparto de los tiempos de disfrute del mismo. Los jueces podrán decidir a quién corresponde la custodia de los animales y si deberá ser compartida o no. Solo queda hacer énfasis en que estas novedades son del todo necesarias.

 

Alejandro Bernad @alejandrobernad Imágenes: Pinterest